Tipos de baja laboral, retribución y duración

Sara Furiati
Actualizado el 13 octubre 2022
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La gestión de las bajas laborales es una tarea esencial del departamento de recursos humanos que afecta a toda la gestión de empleados.

Gestionar las bajas laborales implica tanto coordinar los equipos de trabajo cuando alguien se encuentra ausente por un largo periodo de tiempo como contabilizar estas ausencias en las nóminas.

En ocasiones, como en el caso de las bajas por maternidad o paternidad, se puede llegar a necesitar contratar a personas que cubran la posición del trabajador de baja. Por eso es importante conocer las modalidades legales de cada una de las bajas laborales que existen...

¿Qué es exactamente una baja laboral ? ¿Qué tipos de baja laboral existen? ¿Cuánto se cobra en cada uno de los casos? ¿Cuál es la duración máxima de una baja laboral? En este post explicamos a los empresarios y departamentos de RRHH todos los detalles sobre la baja laboral.

¿Qué es una baja laboral?

En el mundo laboral y de manera oficial, una Incapacidad Temporal” (IT) es lo que coloquialmente denominamos baja, y se encuentra definido por la Seguridad Social como el “subsidio diario que cubre la pérdida de las rentas mientras el trabajador está imposibilitado temporalmente para trabajar y recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social”.

La baja laboral puede ser causada por enfermedades comunes o profesionales, accidentes (laboral o por otras causas), o por periodos de observación por enfermedad profesional. Se denominan IT 

¿Qué tipos de baja laboral existen?

Las bajas laborales o IT se dividen en dos grupos en función al motivo que las ha provocado. Si son ajenas al puesto de trabajo, hablamos de contingencias comunes, pero si han tenido que ver con el trabajo, hablamos de contingencias laborales. Estas últimas ofrecen un tratamiento más favorable respecto a las comunes ya que ofrecen mayor protección al afectado. A continuación explicamos las diferencias y características principales de los dos grandes tipos de bajas laborales.

Bajas laborales por contingencias comunes

Las bajas laborales por contingencias comunes se aplicarían como bien dice el nombre, a enfermedades comunes o accidentes. En cuanto a enfermedad común, un ejemplo sería la baja laboral por Coronavirus (a menos que la persona de baja laboral por Covid ejerza como personal sanitario y se haya contagiado en el lugar de trabajo) o la baja laboral por ansiedad. Por otro lado, hablamos de baja laboral por accidente cuando es derivada de por ejemplo, un accidente de tráfico.

Durante el tiempo de la baja, el empleado tiene derecho a una prestación económica ya que necesitará asistencia sanitaria y no estará en condiciones de realizar su trabajo, a menos que dure la baja laboral dure menos de 4 días, en este caso no recibirá ningún pago por los días de ausencia, salvo que el convenio colectivo indique lo contrario. ¿Y si sólo se coge la baja laboral 1 día? En este caso no se recibirá compensación económica.

Características principales de la baja por contingencias comunes

¿Cuándo comienza? A partir del cuarto día.

¿Cuándo finaliza? Con el alta. No puede superar el año pero existe la posibilidad de prorrogarse 180 días más. Durante los días de baja se sigue cotizando, por lo que  la baja laboral afecta a la jubilación cuando se prorroga por más de 545.

¿Cuánto se cobra? Se cobrará un 60% de la base reguladora desde el día 4 al día 21. Si se alarga más de veintiún días, se pasa a cobrar el 75% de la base reguladora. Los tres primeros días de baja no se cobran.

¿Qué requisitos se piden? Haber cotizado al menos 180 días en los 5 anteriores años.

¿Cuál es la base reguladora? La base reguladora de la nómina es la base de cotización del mes anterior al del hecho causante de la baja. En contratos a tiempo parcial, es la media de los 3 meses anteriores.

¿Quién paga la baja laboral? Del día 4 al día 15 incluido los asume la empresa, del día 16 en adelante lo asume el INSS o la Mutua, pagando un 60% hasta el día 20 y a partir del 21 un 75%.

Ejemplos de duración de bajas laborales por enfermedades habituales

Duración de baja laboral por:

  • Operación de vesícula: Con el alta, hasta un año prorrogable.

  • Baja laboral por rotura parcial supraespinoso: Con el alta, hasta un año prorrogable.

  • Baja laboral por tendinitis calcificante en el hombro: Con el alta, hasta un año prorrogable.

  • Baja laboral por tendinitis supraespinoso: Con el alta, hasta un año prorrogable.

  • Baja laboral por histerectomía: Con el alta, hasta un año prorrogable.

  • Baja laboral por epicondilitis: Con el alta, hasta un año prorrogable.

  • Baja laboral por edema óseo: Con el alta, hasta un año prorrogable.

Bajas laborales por contingencias laborales

Hacen referencia a las incapacidades derivadas de enfermedades contraídas en el ámbito laboral o por otro lado, a accidentes laborales. 

La lista de enfermedades profesionales está recogida en el Real Decreto. Aquellas que no constan en él, por mucho que se hayan contraído en el trabajo o tengan que ver con él, no serán consideradas legalmente como tal y constaran como contingencias comunes

💡¿Sabías que?

El Tribunal Supremo ha señalado que el mobbing es una contingencia profesional. Por lo tanto, la baja por acoso laboral debe ser considerada como tal, y normalmente va acompañada de una denuncia a la situación de la empresa.

Las enfermedades profesionales están clasificadas por tipos de trabajo, tipos de enfermedad o incluso por químicos o materiales con los que ha tenido contacto la persona afectada. Algunos ejemplos de las enfermedades más comunes son las enfermedades por fatiga o enfermedades causadas por exposición a agentes químicos.

En cuanto a los accidentes de trabajo, se consideran como tal aquellas lesiones corporales que el trabajador haya sufrido en el trabajo o por consecuencia de la actividad realizada en el trabajo. 

Características principales de la baja por contingencias laborales

  • ¿Cuándo comienza? El primer día tras justificar la baja laboral.

  • ¿Cuándo finaliza? Con el alta. No puede superar el año pero existe la posibilidad de extenderse 180 días más.

  • ¿Cuánto se cobra estando de baja por accidente laboral o enfermedad laboral? Se cobrará un 75 % desde el día siguiente al inicio de la IT, el día 1 corre a cargo de la empresa y se abona como un día de salario normal. Sin contar indemnización en el caso de haber.

  • ¿Qué requisitos se piden? No es necesario un tiempo mínimo de cotización.

  • ¿Cuál es la base reguladora? La base reguladora es la base de cotización del mes anterior al del hecho causante. En contratos a tiempo parcial, es la media de los 3 meses anteriores.

  • ¿Quién paga la baja laboral? La Mutua Colaboradora con la Seguridad Social o Entidad Gestora.

¿Quién puede solicitar una baja laboral?

No todo trabajador tiene derecho a una baja laboral. Las personas que soliciten una baja laboral deberán cumplir los siguientes requisitos esenciales:

  • Estar afiliado y de alta en la Seguridad Social;

  • En caso de Incapacidad Temporal por enfermedad o accidente común, haber cotizado más de 180 días en los 5 años previos al comienzo de la baja (aunque por enfermedad profesional o accidente laboral no es necesario haber cotizado un mínimo);

  • Tener un certificado médico que acredite el malestar indicando la causa.

A falta de estos requisitos, la solicitud de baja laboral puede ser denegada. 

La ausencia de un trabajador por baja laboral puede generar descompensaciones de personal dentro del equipo de trabajo, y por lo tanto la logística de personal puede llevar tiempo al equipo de recursos humanos. También deberá tenerse en cuenta al calcular la nómina del empleado en situación de baja.

¿Cómo calcular una baja laboral en nómina?

Cómo interpretar una nómina ya es tarea complicada, así que contabilizar el líquido a percibir cuando se da una baja laboral lo es aún más. 

Lo primero, por básico que parezca, hay que entender que la baja laboral no aparecerá como un concepto en la nómina, si no que afecta principalmente al líquido a percibir. ¿Y cómo calcular este sueldo neto que aparecerá en la nómina? Te lo explicamos mediante un ejemplo paso a paso:

👉 Tu empleado Carlos ha estado de baja por 10 días recuperándose de su operación: 

  1. En primer lugar, tenemos que tener en cuenta la base reguladora. La base reguladora es la base de cotización del mes anterior al del hecho causante de la baja laboral. En contratos a tiempo parcial, es la media de los 3 meses anteriores. Digamos que la base reguladora de Carlos son 2.132,31€ euros al mes. 

  2. Dividimos entre 30 (días por mes) para saber el total por día: 2.132,31/ 30 = 71,08€ al día.

  3. Ahora calculamos en función de los 10 días que ha estado de baja. Sabemos que los 3 primeros días de baja no se cobrarán, por lo que serán 7 días remunerados. Desde el cuarto día de baja hasta el décimo, se cobrará el 60% de la base reguladora, por lo que: Hacemos el 60% de 71,08€ = 42,65€ y multiplicamos por los 7 días de baja remunerada:  42,65€ x 7= 298,55€. 

  4. Por los 10 días de baja cobrará 298,55€, lo sumamos a los 20 días restantes del mes, trabajados con normalidad, por los que cobrará 1421,60€. Sumando lo que se percibe por los días trabajados con normalidad más los días de baja, sabemos que el empleado recibirá en su nómina un total de 1720,15€.

Ahora que sabes cómo calcular las bajas laborales en la nómina, puedes aprender sobre otros conceptos de la nómina, como por ejemplo las horas extraordinarias

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