¿Cuáles son las implicaciones de los préstamos a empleados?

Kimberlein Ríos
Actualizado el 17 enero 2024
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Un empleado puede solicitar un préstamo a la empresa, o bien porque el convenio colectivo prevé esta posibilidad, o bien de forma individual siempre que exista un acuerdo para ello. En caso de que el préstamo privado otorgado por la empresa, suponga una ventaja respecto los tipos de interés habituals en el mercado, esta "mejor" adquirirá consideración de salario en especie.

En este artículo te detallamos las implicaciones fiscales tanto en imposición directa como indirecta. ¡Descubre todo sobre está implicación!

¿En qué se diferencia el anticipo del préstamo?

Por un lado, el anticipo hace referencia al adelanto del importe neto ya devengado por parte del empleado, mientras que el préstamo es de una cuantía superior y su devolución se demora en un mayor número de cuotas y meses.

Además es importante que los trabajadores tengan presente que:

  • La empresa no está obligada a conceder el préstamos, salvo que el convenio establezca que el préstamo será obligatorio.

  • La empresa podrá cobrar intereses, y si no lo hace se considerará que el empleado recibe una retribución en especie que tributa.

No se trata de un anticipo de salario al uso, no se anticipa salario ya devengado, sino que es un acuerdo o pacto entre la empresa y alguno de sus empleados.

En este sentido, se exige la confección de un acuerdo previo que detalle la naturaleza del préstamo, así como:

  • La identificación de las partes (empresa y empleado).

  • La voluntad de realizar un préstamo mercantil, así como el total prestado.

  • Las cláusulas que determinaran el método de devolución del importe, así como las cuotas y demás características acordadas.

¿Cuándo existirá retribución en especie?

El tipo de interés que se aplicará al préstamo concedido será el porcentaje de interés legal del dinero para cada año. En los supuestos en que se pacte que el préstamo se devolverá sin interés, o con un porcentaje de interés distinto (inferior) al interés legal del dinero, dicha cuantía será considerada retribución en especie. Para 2023 el interés legal del dinero es del 3,25%. Así mismo, el tipo de interés legal del dinero vigente para el año 2024, sigue siendo de momento el 3,25%

Tal como prevé el artículo 43 de la Ley de IRPF, se valora como renta en especie los intereses que estén por debajo, que sean inferiores, al tipo legal del dinero durante el periodo impositivo.

Ejemplo práctico

Un empleado recibe un préstamo de 3.000 euros en enero de 2024, a devolver en 4 cuotas de 750 euros cada dos meses.

1️⃣ Si el interés que aplicará al total a devolver es el interés legal del dinero para 2024, del 3,25%. No se debe reflejar en la nómina la cuota de 750 euros a devolver, ya que la naturaleza no es salarial. Se deberá abonar a la empresa la cuota en el plazo y en la forma que se haya pactado en el correspondiente contrato mercantil.

2️⃣ Si el interés que se aplicará al total a devolver es inferior al del dinero, habiéndose pactado un 2%. Se deberá reflejar en la nómina, como retribución en especie, la diferencia entre el porcentaje del interés legal del dinero, y el que se aplicará.

En este caso, la retribución en especie será de 1,25% (3,25% - 2%) sobre 3.000 euros de préstamo. En este caso seria 37,5€. Por ende, este importe se deberá reflejar en la nómina como retribución en especie, y tributará la cuantía completa.

3️⃣ Si no se aplica interés en el total a devolver. La retribución en especie será del 3,25% (interés legal del dinero) sobre el total del préstamo, en este supuesto de 3.000 euros. En este caso seria 97,5€. Este importe se deberá reflejar en la nómina como retribución en especie, y tributará la cuantía completa. Por su parte, la empresa deberá declarar en el Impuesto sobre Sociedades los intereses recibidos por parte del empleado, tras la devolución del préstamo.

En conclusión, los préstamos a empleados presentan diversas implicaciones tanto para los individuos como para las empresas. Desde la perspectiva del empleado, estos préstamos pueden ofrecer una fuente de financiamiento accesible y conveniente en momentos de necesidad, aliviando tensiones financieras y mejorando la satisfacción laboral. No obstante, es crucial que tanto empleados como empleadores establezcan términos claros y justos para evitar posibles conflictos y asegurar la transparencia en las transacciones financieras. Por parte de las empresas, la implementación adecuada de programas de préstamos a empleados puede fomentar un ambiente laboral más comprometido y leal, pero también conlleva responsabilidades administrativas y financieras.

❓ Preguntas frecuentes sobre los préstamos a empleados

1️⃣ ¿El préstamo tiene naturaleza salarial?

No, a diferencia del anticipo el préstamo no se un avance de la cuantía neta devengada hasta la fecha, y su naturaleza no es salarial.

Los anticipos avanzan cuantías ya devengadas, mientras que los préstamos suelen ser de cuantías superiores y se pacta su devolución y características en un contrato específico.


2️⃣ ¿Cuándo la empresa debe aplicar un porcentaje de interés en el préstamo? ¿Puede decidir no aplicar ningún interés?

Siempre. El interés que la empresa deberá aplicar al préstamo efectuado será el correspondiente al interés legal del dinero para cada año. Aún así, el convenio colectivo o la empresa puede ofrecer al empleado aplicar un porcentaje inferior. En esta línea, la diferencia entre el porcentaje del interés legal del dinero y el porcentaje de interés aplicado al préstamo, será considerado como "retribución en especie" y deberá reflejarse en la nómina, y tributar por dicha cuantía.


3️⃣ ¿Cómo se debe devolver el importe del préstamo por parte del empleado a la empresa?

La devolución, el importe, las cuotas, así como las cláusulas específicas que regirán la devolución del préstamo se pactarán en el contrato mercantil realizado entre la empresa y el empleado. Lo más común es pactar como medio de pago transferencias periódicas.

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